Sacado de: "Libro y de Hemás Istrumentos de la Población del Lugar del Padul del Pardo del Valle de LeCrín. Año de 1571" Autor: Manuel Ferrer S. I. (1994)
En otros libros de Apeo quien solicita la confección, o copia oficial, era su primer alcalde, como la máxima autoridad, por ejemplo en Calicasas, fue Antón Boyero. En el Padul aparece como Autoridad Mayor: Juan Álvarez, Gobernador del Presidio y como alcalde Martín Aróstegui.
PRESIDIUM, PRESIDIO: No significa cárcel, sino destacamento militar, lo que hoy diríamos: cuartel, un fuerte. En la provincia de Almería, aún se conservaba este topónimo latino: El Presidio, al lado de Fondón y Laujar, que, por ignorancia, su Corporación Municipal, lo cambió, hace unos años, por el Fuente Victoria. El Presidio del Padul (probablemente La casa Grande) tendrá una influencia decisiva, durante el periodo de la rebelión y sometimiento de los moriscos de la Alpujarra.
También existían lo que entonces se llamaba «Campo», sitio de acampada militar, indispensable en el movimiento de tropas. A veces abusaban: Cortaban árboles para leña, estropeaban cosechas, etc. «El Duque de Sesa estuvo en el Padul el 23 de Febrero del 1571 Detúvose el Duque de Sesa en aquel alojamiento con harta importunidad, hasta el 9 de Abril».
«Los vecinos del Padul (moriscos) se quejaban que habían tenido mucho tiempo gruesa guarnición, que no podían sufrir el trabajo, ni mantener los hombres y caballos. Pidieron que se mudase la guardia o se disminuyese, o los llevasen a ellos a vivir en otro lugar. Vínose en esto; y salidos ellos (los paduleños) la siguiente noche, juntándose con los moros de la sierra, dieron en la guarnición, mataron 30 soldados, e hirieron a muchos, acogiéndose a lo áspero (del terreno); cuando el socorro llegó, halló hecho el daño y a ellos en salvo». Hurtado de Mendoza. Guerras de Granada. Edic. B. Glez. pg. 274.
Fracasaron en el ataque al fuerte, que lo defendía la Compañía de Córdoba, mandada por el capitán Alonso de Valdelomar, 150 soldados y dos capitanes: Vílchez y Chaves de Orellana.
El Pago del Ancón, son arenas, con viñas de muy mala calidad, otras son tierras calmas y buenas para la
«sembradura», gran parte «son tierras ásperas y montuosas, inútiles para romperlas (roturarlas) para sembrar y son buenas para la cría y pasto de ganado vacuno y cabrío y otros»,
«montuoso y de muchas peñas, que todo es inútil y de ningún provecho. en ellos se recoge y cría esparto, que lo tenían por aproverchamiento y oficio»,
«mas de sesenta vecinos que vivían y se sustentaban dello» y «que la mayor parte se gastaba en Granada»
y. Tiene varios miles de hectáreas de secano y de regadío (el de AL-HAGIA).
La laguna y sus alrededores no servían más que para pasto de vacuno, y
«se llama esta tierra El Margen».
«De la anea de la laguna se sacaban unos sesenta ducados. . y solo servía para hacer zarzos y posaderas», y
«esta tierra podía ser útil y de mucho aprovechamiento para hacer hazas de riego, porque tiene sus acequias señaladas, y si se desaguase, que se podía desaguar por el río de Cozvijar.»
La cría de seda, de tanta importancia comercial en la Granada Nazarí y los años posteriores de la repoblación, en el Padul solo se sacaban unas ocho onzas de seda. La industria de la seda en la Alpujarra llegó a ser superior en calidad a la de Selesiria en Oriente. Tal era el volumen del trabajo en la seda, que en Sevilla de los 400. 000 habitantes, 130.000 estaban empleados en ella. Había 16.000 telares para la manipulación de la seda. En Almería, según al-Drisi, había 800 telares de seda. En Granada y su provincia existía una detallada reglamentación sobre la seda y su manufacturación. En la Alcaicería se hacían los grandes transacciones de la seda. Desde los puertos de Granada y Almería, la seda llegaba a los principales comercios europeos. M. Ferrer. Sierra Nevada y la Alpujarra Granada, 1985, Vol. IV, pg. 1405 ss.
También es notable la cantidad de hectáreas dedicadas al cultivo de la vid. El musulmán no bebe vino, legalmente, pero en todo el Reyno de Granada había miles y miles de hectáreas dedicadas al cultivo de la vid. En Calicasas, con solo ocho vecinos, tenían 13.860 cepas de viñas. Aprendieron a sacar el alcohol, cuya industria aún conserva todos sus nombres de origen árabe. En tantas y tan continuas guerras, el alcohol, como desinfectante, era imprescindible. Ellos lo usaban y comercializaban.
Tampoco en el Padul fue de excesiva importancia el cultivo del olivo y la producción de aceite, aunque había muchas hectáreas dedicadas al olivo. Sí se producía un aceite de muy buena calidad. Así decía Antonio Pons (1754) hablando de él: «este último de calidad sobresaliente por ser el más regalado que en su especie se hallan en estos países andaluces para el uso comestible; aunque no por falta de conocimiento desperdician el más especial, no haciendo aprecio de los acebuches, sino cuando los inxieren (injertan), que éstos producen, sin este beneficio, una aceituna muy menuda, consistiendo toda ella en casi hueso, con poca sustancia, así por su naturaleza, como por haberse criado éste árbol entre peñas y mala tierra, careciendo de cultivo; siendo el aceyte que de él se saca mucho más delgado, más claro, y menos áspero al paladar, que el de la demás aceytunas, efecto de lo menos sustancioso de su fruto». (A. Pons, 1754, Relación del Viaje que desde Granada hizo a Sierra Nevada D. Antonio Pons a infIuxo del Marqués de la Ensenada) Textos primitivos sobre Sierra Nevada, pág.. 61.
No quiero privaros de la descripción que A. Pons hace del Padul y sus contornos: «Contiguo a la Alpujarra se encuentra el Valle de Lecrín, jurisdicción de Granada.. .en el que se comprenden dieciocho Consejos; cuyas poblaciones unas mayores, otras menores y otras pequeñas, son de no apreciable condición y gozan de benigno tempramento y apacibles ayres, algo participes de los marítimos; sus suelos aunque desiguales por los altos y baxos que tienen, son de reciproca diversión, por lo bien poblados de arboledas, parras, huertos y olivares: todo el territorio es fértil por lo bien regado, con ríos y acequias, que sacan de Sierra Nevada, siendo su producción por este motivo de toda especie de semillas, y más de los frutos de arboleda, que los demás copia son los agrios finos y vasto, uva de comer, granadas y aceyte» O. C. pg. 61.
«... además de los ríos de Dúrcal, Torrente, Laxarón y Orxiba, que son oriundos de Sierra Nevada, se registra la laguna de la venta del Padul, con la que se riegan muchas sementeras, por donde hace punta y angostura dicho valle». . (O. C. pg. 62- 63).
y Samuel E. Cook escribe así, hablando del Padul: «El camino de Motril y las Alpujarras, después de pasar bajas al Padul, un pueblo situado en una pequeña llanura pantanosa que muestra los últimos restos de las formaciones de agua dulce de esta región de alta meseta está situado en un valle bien cultivado, conocido también por haber sido testigo de muchas batallas sangrientas...» Textos primitivos, pg. 88, 62, 168.
Podríamos citar muchos textos de autores nacionales y extranjeros sobre el Padul, pero sería aumentar esta introducción inconsiderablemente.
Había en el Padul 181 vecinos de los que:
deportados a las provincias interiores | 114 | |
declarados en rebeldía, se fueron a la sierra. | 19 | |
condenados a galeras | 5 | |
en la cárcel | 4 | |
condenados a muerte | 2 | |
mozo haciendo el servicio en galeras | 1 | |
habían muerto, alguno en la cárcel | 6 | |
Total |
151 |
Quedaron en el pueblo unos 30 vecinos. A algunos la rebelión les cogió fuera del PaduL. Nuestros antepasados eran de «armas tomar»
Cómo estaba la situación de las 181 casas, que había en el Padul? La mayoría derribadas, igual que los molinos de aceite y de pan. Solo unas pocas casas utilizables.
El nuevo pueblo se restaura con sesenta vecinos, o pobladores. Hay apellidos muy conocidos: Nieva, Cordovilla, Lázaro Martín, etc.
En el lugar del Padul a siete días del mes de Septiembre de mil y quinientos y setenta y un años, estando en la Iglesia de dicho lugar el dicho Sr. Licenciado Pedro Guerra de la Vega, juez suso dicho, en presencia de mí el dicho Matías Rodríguez escribano de S. Majestad y de esta comisión y testigos de suso escritos (anteriormente escritos) dijo que por cuanto él, en nombre de S. Majestad, tiene tomada y aprehendida quieta y pacíficamente la posesión particular de todas las tierras, viñas, olivares, morales, molinos y hornos y casas, que hay en el dicho lugar del Padul, que de suso (que ya) están declaradas, que para mayor abundamiento conviene, que (a)demás de la dicha posesión particular se tome, y aprehenda generalmente de todas las dichas posesiones y de otras cualesquiera, que en cualquier tiempo parecieren haber sido de los dichos moriscos y sin que sea visto innovar, ni atentar en cosa alguna en los dichos autos de posesión, antes añadiendo fuerza a fuerza y aprobando y verificando aquellos, tomaba y tomó posesión en nombre de S, Majestad, como dicho es, la posesión general de todas las dichas posesiones, que hay en el dicho lugar y en su término, así de la que van declaradas particularmente, como de otras cualesquiera que en cualquier manera parecieren haber sido de los dichos mariscos y pertenecerles, o poderles pertenecer, en (de) cualquier manera, o por cualquier causa, aunque estén en poder de terceros, paseándose por la dicha Iglesia en señal de posesión, y de cómo la tomó quieta y pacíficamente, pidió a mí el presente escribano se lo dé por testimonio, y yo el dicho escribano doy fé, que tomó la dicha posesión general pacíficamente. Siendo testigos Francisco de Contreras y Alonso Sánchez y Pedro Marín medidor y otros muchos vecinos y estantes (el que está presente y permanente en un lugar) en el Padul, que se hallaron presentes. Y lo firmó de su nombre Pedro Guerra de la Vega. Pasó ante mí: Matías Rodríguez escribano.
Relación y suma de lo que contiene el lugar del Padul y lo que se ha hecho y medido en él por el Licenciado Pedro Guerra de la Vega, Juez de comisión para lo suso dicho, por ante mí: Matías Rodríguez, escribano de S. Majestad y de la dicha comisión.
CASAS 181
Tiene ciento y ochenta y una casas de mariscos, de las cuales se tomó posesión en nombre de S. Majestad, con deslindamiento de ellas, como parece (consta) por el cuaderno de la posesión que se tomó de las dichas casas. que está distinto (por separado) y de por sí (de cada una en particular).
MOLINOS DE ACEITE: 3
Ítem tiene tres molinos de aceite de mariscos, de los cuales también se tomó posesión, como parece (consta) por los autos del dicho cuaderno.
MOLINO DE PANLLEVAR: 1
Ítem un molino de moler pan, que está en el pago que dicen de Tabernas, muele de (en) invierno con el agua de la fuente de Tabernas, y de verano se le quita el agua para riego de las heredades, del cual también se tomó posesión, como parece por el dicho cuaderno.
LA CALIDAD DE LAS CASAS
Casi todas las dichas casas y molinos están caídas y desvastadas, quitada la madera, y las paredes que quedan, como se les quitó la trabazón de la madera y ellas eran de tapial, están amenazando ruina. Serán siete u ocho las que se habitan, por tener algún aposento que quedó sano y para poderse habitar (en) el invierno tienen necesidad de reparar. Una casa habita Juan de Brenda, que la ha reparado a su costa y quedó en ella en nombre de S. Majestad.
UN HORNO DE PAN
Ítem un horno de cocer pan, que la otra mitad es de la Iglesia, que lo tenía dado a censo a un morisco. Este horno se ha reparado para poder cocer el pan para la gente del presidio, del cual se tomó posesión en nombre de S. Majestad por la parte que le pertenece, como todo parece (consta) por el dicho cuaderno de la posesión de las casas.
MOJONERA Y DIVISIÓN DE TERRENO
Ítem se rehizo y reforzó la mojonera y división de término con Dúrcal, Cozvíjar, Concha, Albuñuela, Jaiena el Quempe, Autura y Dílar, por la orden y forma declarada en la dicha mojonera, queda (consta) por sí(mismo).
HAZAS DE RIEGO: 2578 MARJALES, 28 ESTADALES.
Ítem están medidas las hazas de riego de mariscos, que tuvieron dos mil quinientos y setenta y ocho marjales y veinte y ocho estadales.
OLIVOS: 539 MARJALES, 72 ESTADALES
Ítem se han medido los olivares de mariscos, que todos se pueden regar, en que hubo quinientos y treita y nueve marjales y setenta y dos estadales, de los cuales y de las dichas hazas de riego se tomó posesión en nombre de S. Majestad
EL RIEGO QUE TIENEN LAS DICHAS HAZAS y OLIVARES
Las dichas hazas y olivares se riegan con el acequia de la dicha fuente de Tabernas y con el agua de otras fuentes, que nacen en el dicho término, aunque muchas de ellas no son tan caudalosas, y con el agua de la acequia que se saca del Río de Dúrcal, que se parte con Dúrcal y con Cozvíjar, en ciertos días, como va más especificadamente declarado en los cuadernos de la medida de las dichas hazas y olivares; y algunas de las dichas hazas se riegan con agua que se recoge en algunas albercas de manantiales; el riego de los olivares es poco, porque lo tienen cuando sobra el agua de las hazas, como va dicho en los dichos cuadernos.
VIÑAS: 1672 MARJALES, 16 ESTADELES.
Midieronse todas las viñas, son de secano, hubo en ellas mil y seiscientas y setenta y dos marjales y diez y seis estadales. Son viñas que un pago de ellas, que son el de (que está en) la Venta, son buenas y las que están en un pago que llaman de Ancón, a la falda de la sierra, están muy maltratadas y en una arenisca, son ruines viñas y se van perdiendo; tomose también la posesión de ellas, como va declarado en el cuaderno de las medidas de las dichas viñas.
TIERRAS DE SECANO: 37.688 MARJALES 25 ESTADALES, SON 4.239 FANEGAS Y 182 ESTADALES 1/16
Midieronse todas las tierras de secano del término del dicho Padul por sus pagos, que tuvieron treinta y siete mil y seiscientos y ochenta y ocho marjales y veinte y cinco estadales, los cuales reducidos a hanegas, de quinientos estadales, cada hanega son cuatro mil y doscientas y treita y nueve hanegas(hanega o fanega de sembradura o de tierra es el la porción de terreno en que cabe una fanega de trigo sembrado) y cuatro celemines(medida para grano, es la duodecima parte de una fanega) y doce estadales y un diez y se.. .de estada!. Tomé la posesión de toda la dicha tierra, como va declarado en el cuaderno de la medida de tierra de secano.
CASAS DE CRISTIANOS VIEJOS
Van declaradas y deslindadas las casa que cristianos viejos tienen en el dicho lugar como parece por el cuaderno que de ellas trata.
HACIENDAS DE CRISTIANOS VIEJOS
Ítem van declaradas y deslindadas todas las haciendas que tenían y poseían (los) cristianos viejos en el término del dicho lugar del Padul, antes y al tiempo del levanta- miento así (tanto) de hazas de riego como de olivares y viñas y tierra de secano, como todo (a)parece largamente por los cuadernos de las dichas haciendas que van divididas cada uno de por sí: secano, riego, olivares y viñas.
PRETENCION DE LA IGLESIA
La Iglesia pretende tener algunas hazas de riego y secano y olivares que dice haber dado a censo a mariscos, y aunque sobre ello por parte del Sr. Arzobispo, como administrador de las fábricas (edificios, bienes raíces) de las Iglesias, se hizo un requirimiento al dicho juez, todavía (con todo) las midió por tenerlas y poseerlas (los) mariscos. Yo reservo su derecho a la dicha Iglesia, conforme a su instrucción, para que lo pidiese ante S. Majestad y los Srs. de su Consejo. (De) Este recaudo se entregó original al mismo procurador que hizo el requirimiento y no mostró recaudas (documentos), por donde (por los que) constase de los censos.
CITACIÓN y PREGONES
Para hacer el dicho apeo y deslindamiento se citaron los cristianos viejos que se pudieron haber (encontrar) y conocer que pretendían tener heredades en el término del dicho lugar del Padul, y demás desto (además de esto) se dieron tres pregones en esta ciudad en las plazas públicas, como parece por los dichos autos de citación y pregones que están en el cuaderno primero de autos, .
CRÍA DE SEDA DE MORAL: 8 ONZAS
Los morales del dicho lugar, loes) más de ellos están talados, porque como los campos (sitio o terreno de acampada para un ejercito) han pasado allí muchas veces, talaban para leña, y así talaron un pago de olivar, junto al pueblo que lo dejaron hecho hazas, sin (a)parecer en él olivos y en los morales que quedan, vistos y juzgados por los conocedores declararon que con la hoja de ellos se podrían criar ocho onzas de seda, poco más o menos.
BALDÍOS PARA PASTOS
Hay en el dicho lugar, en el término de él mucha tierra valdía, por romper, tierra inútil para labor y muy útil para pastos de ganado cabrío y vacuno.
APROVECHAMIENTO DE ESPARTO
Cógese en el término del dicho Padul mucha cantidad de esparto, que se gastaba en Granada la mayor parte, se traía del dicho término y lo tenían por trato (comercio), oficio y granjería (ganancia) más de sesenta vecinos del dicho lugar, que vivían y se sustentaban de ello.
LAGUNA Y EL MARGEN DE ELLA, ÚTIL PARA PASTO DE BACAS y PARA COGER ANEA...
Ítem hay una laguna muy grande, que suele bañar muy gran cantidad de tierras alrededor, que llaman Margen, que son más de dos mil marjales; la cual tierra a causa de la laguna es inútil para sembrar y se cría en ella mucha anea, para zarzas y posaderos (asientos) y para pasto de las vacas, y en esto tenían aprovechamiento algunos vecinos, que sacaban de provecho de las ancas (desperdicios, o de las partes blandas) más de sesenta ducados cada año. Esta laguna dicen se podía desaguar por el Río de Cozvíjar que va a dar al Río de Dúrcal y que antiguamente se hacía desaguar, y que costara más de diez mil ducados el desaguada. El desaguada sería necesario enviar personas que entendiesen de ello y lo viesen y tasasen y tanteasen lo que se podría gastar en desaguada y el valor del aprovechamiento que resultaría de ello. Y parece cosa necesaria porque poco a poco va anegando las tierras que están alrededor; constando más de esto por (en) el cuaderno de las averiguaciones.
DEUDAS y CENSOS
Deudas, censos, derechos, acciones e hipotecas, que moriscos tuviesen sobre las personas y haciendas de cristianos viejos del dicho lugar, no pudo constar de ellos, los moriscos deben como parece por la declaración de los conocedores y constará más largo por las escrituras de censos que tienen.
Y por la declaración de Alonso Sánchez cristiano viejo dice que Diego de Hernández difunto, beneficiado que fue del Padul, tenía dado a censo venticinco ducados, digo a cierto Juan López treinta ducados, a García de Zafra veinte y cinco ducados, a los herederos de Diego de Molina veinte ducados, a Francisco el Rubio diez ducados, sobre sus haciendas y a Martín Hernández Abuzaid ciertos morales, por los cuales le pagaban un ducado de censo perpetuo cada año. No mostró las escrituras.
POSESIÓN GENERAL
Ítem se tomó la posesión general de todas las haciendas de moriscos y guardando en todo la orden en (la) forma contenida en la instrucción, como todo parece por los dichos autos.
Esto es todo lo hecho en el Padul, como todo se podrá ver más largamente por los dichos autos y lo firmó el dicho Juez. Hecho en Granada a nueve días de Septiembre de mil y quiniento y setenta y un años. Yo el dicho escribano, me refiero a los dichos autos que quedan en mi poder de los cuales se sacó esta relación. Pedro Guerra de la Vega. Matías Rodríguez, escribano.
Entra(n) en la medida de las tierras de riego y secano del dicho lugar del Padul y su término, las tierras de Su Majestad que dicen de habices, que por ser de S. Majestad no se hizo distinción de ellas de por sí, y por no ir en la instrucción. Matías Rodríguez, escribano.
SELLO QUARTO, VEINTE MARAVEDIS, AÑO DE MIL SETECIENTOS Y SETENTA Y DOS.
D. Pedro Varona y Marín, Vecino de esta ciudad, Familiar del Santo Oficio y Contador
Perpetuo por S. M. de la Real Hacienda de Población de éste Reino.
CERTIFICO que por los libros que son a mi cargo consta el Apeo que se hizo de la Villa del Padul del partido del Valle de Lecrín y demás instrumentos pertenecientes a la población del referido lugar, que aquí se presentaron que uno en pos de otro es a saber:
En el lugar del Padul quince días del mes de Julio de mil y quinientos y setenta y un años, ante el muy magnifico Sr.
Licenciado Pedro Guerra de la Vega, Juez de Comisión por S. M. para medir, deslindar y amojonar las haciendas de cristianos nuevos de la vega de Granada y sus valles y por ante mi Matías
Rodríguez escribano de S. Majestad y de su comosión, pareció Francisco Bico y el Licenciado
Ramírez vecinos de Dúrcal y presentaron una petición del tenor siguiente:
...
Francisco de Vico y el Licenciado
Ramírez, vecinos y regidores del lugar de Dúrcal en nombre de los demás vecinos del dicho lugar. Besamos las manos de Vuestra Merced y decimos que somos informados que V. M. viene con comisión de S. Majestad para dividir y deslindar los términos entre el Padul y
Dúrcal y por los adalides (Cabo a caballo de la gente armada) y medidores que vuestra merced trae, nos hacen muy mucho agravio quitandonos nuestro término y adjudicando al El Padul, pedimos y suplicamos a vuestra merced sea servido de recibir la información y testigos que presentaremos de personas que son naturales y criados en la tierra y de ellos se puede recibir información cierta y verdadera y en esto nos haría vuestra merced justicia y muy gran merced. Francisco de Vico, el Bachiller
Ramírez.
Casí (que así fue) presentada, consta por el Sr. Juez; dijo que él tiene comenzada a trazar la mojonera y deslindamiento del término por la parte que ha sido informado conviene (como viene) de sus conocedores y de otras personas que tienen noticia del término del dicho lugar del Padul y
Dúrcal y que para mayor justicación, mandaba y mandó que para mañana diez y seis
días del presente mes de Julio, por la mañana se junten los dichos vecinos de
Dúrcal en la parte donde se comenzó a hacer la mojonera, y su merced estará, y se hallaron presentes con vecinos que tenían noticia del lugar del Padul, y
oída la razón de ambas partes, hará lo que hallare por mejor razón y justicia, Siendo testigos Pedro Marín medidor,
Juan Álvarez Gobernador del Presidio del Padul. Ante mi Matías Rodríguez escribano.
NOTIFICACIÓN
Y luego yo el presente escribano notifiqué lo susodicho a los dichos Francisco de Vico y el Licenciado
Ramírez en persona, los cuales dijeron que eran prestos (estaban dispuestos) de hacer lo que se les mandaba. Testigos los dichos.
Matías Rodríguez escribano (secretario, escribiente).
Y después de lo susodicho (a) diez y seis
días del dicho mes de Julio del dicho año de mil y quinientos y setenta y un años, el dicho Sr. Licenciado Pedro Guerra juez susodicho, por la mañana salió del dicho lugar del Padul y vino a la parte señalada dó mandó (donde mandó) se hallasen los dichos vecinos de
Dúrcal y llevó consigo a Alonso Sánchez y Martín Pérez cristianos viejos, vecinos del Padul y a Juan
López cristiano
.
nuevo y madó a Francisco de Cuevas cristiano viejo, (que) también se hallase prersente, y llegado a la parte donde había comenzado la dicha mojonera, halló que no habían venido los dichos vecinos de
Dúrcal y los estuvieron aguardando, testigos el dicho Pedro Marín y Diego
Ramírez, estantes (presentes) en el dicho lugar. Ante mi Matías Rodríguez, escribano.
E luego (y luego, después) vinieron los dichos Francisco de Vico y el licenciado
Ramírez y Francisco Calderón y otros cristianos viejos y Miguel de Baeza cristiano nuevo, vecino de
Dúrcal y siendo (estando) todos juntos, junto a donde el Sr. Juez había comenzado a hacer la mojonera, se la mostró a los dichos vecinos y para mejor saber (conocimiento de la) verdad hizo la información siguiente:
AQUÍ LA INFORMACIÓN
El dicho Martín Pérez, vecino del lugar del Padul, habiendo jurado en forma de derecho (conforme al), le
fue preguntado lo siguiente: qué tanto ha (cuanto tiempo hace) que reside en el lugar del Padul, y que tiene noticia (y si tiene conocimiento) de los términos y diezmería de él. Dijo que de veinte años a esta parte, poco más o menos.
Preguntado si sabe por donde (se) divide el término y diezmería del Padul y
Dúrcal, dijo que no sabe por donde se divide porque ha visto siempre que cada vecino, así el de
Dúrcal como el de el Padul sembraba en el lugar que vivía, no embargante (no obstante) que tenían las hazas dó (donde) comían los frutos los de
Dúrcal, en el Pago de Marchena, y que le parece que para la pacificación de los vecinos de ambos lugares convendría que el dicho pago de Marchena quede por del Padul, así porque en el dicho pago tienen, y
es de los vecinos del Padul, toda la mayor parte de arboleda que en él hay, corno porque ha visto que en este tiempo las guardas (los guardas) del campo que ponían las Justicias (Alguaciles) del Padul guardaron el dicho pago de Marchena por (como de) su término y las prendas (loque se dá en señal, prueba, o demostración), que en él tornaban a los de Dúrcal y otras partes, las llevaban al dicho lugar del Padul, y
que así habiendo visto este testigo las partes, por donde se había comenzado a hacer la dicha mojonera y división de términos por el dicho Sr. Juez, antes (más bien) se hace agravio al lugar del Padul porque se quitan muchas hazas, que quedan en el dicho término de
Dúrcal, de vecinos que eran del Padul que están en el dicho lugar de Marchena.
Preguntado si sabe, u ha oído decir dónde van los rastras (el resultado de alguna acción que obliga ó a la restitución del daño causado, ó a la pena establecida contra el delito: indemnizaciones) de los delinquentes de un lugar a otro, dijo que nunca ha visto diferencia entre los vecinos de Dúrcal ni el Padul, sobre este caso. Y por esto no lo sabe, ni lo ha
oído decir, y que esto es la verdad para el juramento que hizo, y firmolo de su nombre, declaró ser de edad de cuarenta y cinco años poco más o menos. Mariano
Pérez
Y luego el dicho día mes y año susodicho, se recibió juramento, conforme a derecho, de Miguel de Baeza, cristiano nuevo, vecino de Marchena, que es junto a Dúrcal, uno de los testigos que declararon los dichos Francisco de Vico y el licenciado
Ramírez, vecinos de Dúrcal, so cargo del cual (bajo cuyo cargo) se le preguntó lo siguiente:
Preguntado si tiene noticia del término del Padul y del término de Dúrcal, por donde confirman, de lo que tienen noticia de ellos de cuarenta y cinco años a esta parte.
Preguntado por donde se divide el término
de entre Dúrcal y el Padul, dijo que por la acequia de la haza de Álvaro que mostraron y de allí va a una fuente, que llaman la Nocora, que tiene agua, y de allí luego va deslindando con el término de Concha (Conchar), de (lo) que
así mismo tiene noticia.
Preguntado donde daban los rastras de los delitos que sucedían entre los dichos lugares, dijo que los daban, los que sucedían del cabo de la dicha acequia de
Álvaro hacia el Padul, en el Padul, y hacia Dúrcal, en Dúrcal, y de ello se acuerda muy bien como testigo por un delito que
hicieron unos salteadores contra unos carboneros, que fue dentro del término que declara, es de Dúrcal. Se
dio el rebato (la convocación popular por algún acontecimiento repentino) en Dúrcal, y salieron los vecinos de Dúrcal a buscar los delinquentes, y que siempre ha
oído decir que los rastras se daban en la dicha acequia.
Preguntado (habiendo preguntado a) las guardas del campo donde pre(n)daban dijo que las guardas del Padul prendaban (poner a alguno en la
cárcel por algún delito cometido, arrestar/o) hasta la dicha acequia por su término y también en los olivares, y
que las guardas de Dúrcal prendaban hasta dicha acequia, y así este testigo vio prendar de la manera que tiene dicho a Francisco Calderón, vecino de Dúrcal, guarda que ha sido del dicho término y otras guardas moriscos.
Preguntado los diezmos de los frutos que se recogían en ambos términos donde se dezmaban (igual que diezmar, o pagar el diezmo en los territorios sujetos a este impuesto para alguna iglesia o persona determinada), dijo que todos los frutos,
salvo el lino, se dezmaba cada uno en el lugar donde residía y era vecino, salvo el lino que de la acequia de
Álvaro susodicha, se dezmaba de la parte de Padul, en el Padul y de allí a Dúrcal, en Dúrcal, aunque los vecinos fuesen diferentes en sus lugares. Y esto lo ha
oído decir a otros sus mayores y más ancianos y que esto es (conforme a) la verdad para el juramento que hizo y no lo firmó porque dijo que no sabía escribir, y dijo ser de sesenta años, poco más o menos. Ante mi
Matías Rodríguez, escribano.
Y luego se recibió juramento conforme al derecho de Francisco Calderón, vecino del dicho lugar de Dúrcal, el cual se hizo en forma, so cargo (bajo cuyo cargo) del cual, se le hicieron las preguntas siguientes:
Preguntado si tiene noticia del término del Padul y Dúrcal y de qué tiempo a estas partes, dijo que sí, de más de treinta y seis años a esta parte.
Preguntado si sabe por donde parten y se divide el término de entre Dúrcal y el Padul, dijo que se divide desde una acequia, que llaman de la haza de
Álvaro y de allí va a andar a una fuente de agua, más arriba de unos álamos altos, y de allí va a dar a la laguna, y prosiguiendo va deslindando con término de Cozvíjar y Conchas y lo sabe ese testigo porque ha sido guarda, puesto por el dicho lugar de Dúrcal, y como tal prendaba hasta la dicha acequia y veía y
vio que lo mismo hacían las guardas que ponían los vecinos del Padul y cada uno acudía con las prendas a su lugar.
Preguntado dónde se daban los recuestros (denuncias, requirimientos) de los delitos que sucedían en los dichos términos, dijo que lo que sucedía, aguas vertientes de la sierra que dicen del Manar hacia Dúrcal, los daban en Dúrcal y de allí los que sucedían hacia el Padul, se daban en el Padul. Y que el agua con que se riegan las tierras que están por encima de la acequia de
Álvaro hacia la parte de Dúrcal tienen cinco días para regar los vecinos de Dúrcal con ello, y uno los del Padul. Y que todo lo susodicho lo sabe y tiene de ello noticia por lo que tiene dicho, y por haberlo
oído decir así a otros más viejos y ancianos, en especial a moriscos muy viejos que decían tenían de ello noticia, desde que se ganó esta tierra por el Rey D. Fernando, y que esto es la verdad para (conforme al) el juramento que hizo. Y declaró ser de edad de cuarenta años, poco más o menos, y no lo firmó por no saber escribir. Pedro Guerra de la Vega. Ante mi:
Matías Rodríguez, escribano.
Y luego el dicho Sr. Juez mandó que los dichos Miguel de Baeza y Francisco Calderón vayan con su merced y le señalen y muestren las partes por donde declarar que se deslinda el dicho término, para lo ver y proveer lo que convenga, y así fueron con su merced. Testigos Pedro Marín y Alonso
Sánchez
estantes (presentes) en el dicho lugar. Ante mí: Matías Rodríguez escribano.
AUTO DE LA MOJONERA Y TERMINO Y REBOCACION DE LO HECHO
ATRÁS
Y luego habiendo visto el dicho Sr. Juez por sus ojos la parte por donde declaran los susodichos (que) solía ir el término de entre los dichos lugares, y habiendo visto las hazas que de la dicha acequia de
Álvaro quedan hacia de Dúrcal de los vecinos que eran del Padul, y el poco olivar que le queda a el Padul y la confusión que hay en la certificación y averiguación de los dichos términos, y atento que todo es pasto común, y las haciendas de los moriscos son de S. Majestad, y habiendo tomado pareceres con personas que tienen noticia de la tierra y habiendo tratado con vecinos de Dúrcal y del Padul, cristianos viejos, y otras muchas causas que les han movido, dijo que señalaba y señaló la división de los dichos términos para efecto de la dicha medida, sin perjuicio del pasto común, y de los abrevaderos, riegos, y otros aprovechamientos que entre los dichos lugares eran comunes, en la forma y orden siguiente: Reponiendo, como dijo que reponía el amojonamiento que había comenzado a hacer y madó se deshagan los mojones que se habían hecho.
Lo primero señaló por mojón y principio del dicho término el barranco que se dice Handal Halvelgal, que está en el cerro del Manar, por donde (va) la una vereda de Dúrcal a Dílar.
UN MOJÓN.
Y de allí bajando por el derecho, se hizo un mojón de tierra y piedra, junto al Camino Real, que va del Padul a Dúrcal a la parte de arriba, en el Pago que dicen de la Fila que es pasto común frontero de la linde, que divide el olivar de Diego de Aguilar, vecino de Dúrcal, y de Diego de Córdoba, vecino del Padul. Y queda el olivar de Diego de Aguilar por de (como de) Dúrcal y el de Diego de Córdoba por del Padul y de allí va derecho entre los otros dos olivares.
OTRO MOJÓN
Y prosiguiendo al cabo (final) de los dichos dos olivares en la propia linde, junto a la acequia, por la parte de arriba, se hizo otro mojón de tierra y piedra.
OTRO MOJÓN
y luego prosiguiendo por una acequia que va derecha, entre otros dos olivares, que son de los dichos Diego de Córdoba y Diego de Aguilar, a dar en la laguna y en la Margen de el Padul, al final de uno de ellos, en la esquina de un balate, se hizo otro mojón de tierra y piedras.
OTRO MOJÓN
Y luego vuelve la dicha acequia, como veinte pasos a la mano izquierda, y prosigue derecha a el Margen a la salida de un haza que era de García de Cabrera vecino de Dúrcal, a la esquina de una haza que era de Diego Yazud, pasada una vereda que va del Padul a Cozvíjar, a la mano derecha, se hizo otro mojón de tierra y piedra.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue volviendo por la dicha vereda a la mano izquierda se fue a dar a una haza que era de Juan de Guzmán, morisco, vecino del Padul, en la esquina de la cual, por do (por donde) revuelve la acequia se hizo otro mojón de tierra y piedra.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue derecho el acequia, en la mano, hacia el Margen y revuelve el acequia un poco a la mano derecha y en una haza que era de Hernando el Berjí, vecino de Dúrcal y a una esquina, junto a la acequia, se hizo otro mojón de tierra y piedra.
OTRO MOJÓN
y luego prosiguiendo por el acequia se fue derecho hasta el remate de ella, que llega al dicho Margen y a la laguna, a donde se hizo otro mojón de tierra y piedra; Y hasta aquí quedó declarado y amojonado lo que toca a el término de Dúrcal y del Padul por esta parte.
Y así se dejó para proseguir por la parte por donde más convenga. Y fueron (estuvieron en) a todo lo susodicho presentes por testigos: Francisco de Vico y Juan Moreno, vecinos de Dúrcal y Alonso Sánchez y Francisco de Cuevas, vecinos del Padul y el dicho Sr. Juez lo firmó de su nombre. El Bachiller Guera. Pasó ante mi: Matías Rodríguez, escribano y después de lo susodicho, el dicho día a dieciseis de Julio del dicho año de mil quinientos y setenta y un años, el dicho Sr. Juez atento lo susodicho que nuevamente hoy se ha hecho y provehido, visto que Pedro Marín medidor había medido mucha parte de olivares que son de riego, desde el dicho molino del Pago de Marchena, viniendo hacia el Padul, que es desde donde se había comenzado de primero a hacer la dicha mojonera Y división de término, para hacer la dicha medida, y al presente se ha hecho por la parte, más hacia el Padul, como de suso (más arriba) va declarado, madó que de lo susodicho que hoy se ha hecho, se torne a hacer la dicha medida y se quite lo hecho hasta allí, que es ninguna (que se tenga por nulo). Y así lo mandó y yo el presidente escribano lo notifiqué al dicho Pedro Marín. Testigos los dichos. Guerra. Pasó ante mi. Matías Rodríguez , escribano.
DECLARACIÓN DE LOS CONOCEDORES Y FRANCISCO CALDERON
Y después de lo susodicho a dieciséis días del mes de Julio del dicho año de mil y quinientos y setenta y un años, el dicho Sr. Licenciado Pedro Guerra, Juez susodicho en presencia de mí el dicho Martín Rodríguez, escribano, y alguacil susodicho salió del dicho lugar del Padul para preguntar la dicha mojonera y deslindamiento de término y llegó al Cerro del Asomadillo del camino que va de Granada a Motril y allí se juntaron los dichos Alonso Sánchez y Juan López, conocedores vecinos del Padul y Francisco Calderón, cristiano viejo, vecino de Dúrcal, de los cuales y de cada uno de ellos recibió juramento en forma de derecho, y ellos lo hicieron, so cargo del cual a cada uno de por sí, les preguntó declaren por la parte, que tienen noticia, que solía ir el término, y dónde se daban los rastras prosiguiendo el camino, cómo viene comenzado, y todos cada uno de por sí juntos y conformes declararon que prosiguiendo desde la dicha laguna, por el rededor de ella se había de ir a dar a las hazas que están por debajo del Pago del Caimón, donde confina el término del Padul con el de Cozvíjar, y de allí cortando derecho al dicho cerro y Asomadillo, donde solía estar una cruz de madera (actual Cerrillo de la Cruz) en el camino que va a Motril, y allí confinan los términos de Cozvíjar, y Conchar con el del Padul, y desde allí prosigue frontero (frontero o colocado enfrente) por la cordillera del cerro que está entremedias del Alhaga y la Zehila, y así lo declararon y que de ello tienen entera noticia, sin saber, ni haber oído, ni visto otra cosa en contrario, desde que se acuerdan y lo oyeron decir a otros más viejos y ancianos. Testigos Francisco de Vico y el Licenciado Ramírez, vecinos de Dúrcal. Ante mi. Matías Rodríguez, escribano.
PROSIGUE LA MOJONERA
Y luego a continuación, visto la dicha declaración hacha por susodichos, el dicho Sr. Juez, ante mi el dicho Escribano señala la dicha mojonera y deslindamiento de término prosiguiendo desde la dicha laguna del Margen, donde se llegó con ella el día antes (el) diecisiete del presente, y de allí yendo al derredor de ella hasta dar en las hazas que están por debajo de donde dicen el Pago de Caimón, donde declaran los conocedores (que) confina el término del Padul con el de Cozvíjar y de allí cortando por una punta que hace la dicha laguna del Margen a dar al Cerro del Asomadillo del camino que va Motril, donde solía estar una cruz de madera, a donde encima de una piedra, nacida en al tierra, mandó hacer y se hizo un mojón grande de piedras, junto a donde solía estar la dicha cruz, que en esta parte declaran los conocedores confinan los términos Cozvíjar, Conchar con el dicho lugar del Padul. Y de allí prosigue frontero la cordillera por el cerro que dicen está entremedias del Alhagia y la Cehila, y así lo mandó y firmó. Testigos los dichos Alonso Sánchez y Juan López conocedores. Pedro Guerra de la Vega. Ante mí: Matías Rodríguez escribano.
PROSIGUE
A veinte días del mes de Agosto de mil y quinientos y setenta y un años, el dicho Sr. Licenciado Pedro Guerra de la Vega, Juez suso dicho, en presencia de mi, el dicho Matías Rodríguez, escribano de S. Majestad y de su comisión salió del dicho lugar, juntamente con Juan López y García de Zafra, morisco, que le fueron dados por conocedores, y llegados a un cerro, que está entremedias del barranco que dicen de Palia Marca y la Silla, que es frontero del mojón que se puso junto a la Cruz del Asomadillo del camino que va a Motril, les mandó declaren por donde ir (va) la mojonera, y ser (está la) divisoria del término del Padul con los que confinan por aquellas partes, los cuales declararon que por el dicho cerro, quedando por la parte de abajo el camino Real, que va de Granada a el Muñecar (Almuñecar), y así el dicho Sr. Juez mandó poner, y se puso un mojón de tierra y piedra en el dicho cerro, en lo alto del cual deslinda con los términos de Cobijar y Concha (Conchar). Testigos Pedro Marín, medidor y Diego Hernández su criado.
OTRO MOJÓN
Y luego prosiguiendo se atravesó por el dicho camino que va de Granada a Almuñecar, y se fue por la cordillera arriba hasta dar a un cerro que está entre Canter, y la vista bajando aguas vertientes por del Padul a la mano derecha, y a la izquierda por el término de Conchar, y en lo alto de él se halló hecho un mojón de piedra grande, antiguo, el cual mandó el dicho Sr. Juez renovar, y renovó con más piedras y tierra y los dichos conocedores declararon ir por allí el dicho término antiguamente. Testigos (los) dichos.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue por la misma cordillera a dar a un cerro alto, que llaman de Camperden (Camperte). y en lo alto de él se halló otro mojón de piedra grande y así mismo se renovó. Testigos (los) dichos.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue a dar otro cerro que está adelante del suso dicho, que entremedias de los dos, hace una quebrada, y allí mandó hacer y se hizo otro mojón de tierra y piedra. Declarando siempre los dichos conocedores que por esta parte solía ir el término antiguamente. Siendo testigos los suso dichos.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue a dar al cerro que llaman Alcuda y Almuzaina, que es un peñasco alto, que linda con el Pago del Almachaniz, y por lo alto de él se puso otro mojón de piedra. Testigos: Pedro Marin, medidor y y Matias Perez, vecinos y estantes (moradores fijos) en el Padul.
OTRO MOJÓN
Y prosiguiendo se fue derecho ~ dar a otro cerro que está frontero de la fuente que llaman Aynatalarís, a la mano izquierda, como se va del Padul al Barcay, y en lo alto de él estaba un mojón de piedra antiguo, y el dicho Sr. Juez lo mandó renovar y se renovó. Testigos los dichos.
OTRO
Y luego prosiguiendo por entre derecho se fue a dar con otro cerro que llaman los Dientes de la Vieja, a donde en lo alto de él se halló otro mojón antiguo de piedra y se renovó con más piedras, que en él se pusieron. Testigo dichos.
Y luego se fue por una vereda que está por (de) bajo de este cerro, derecho va a dar al cerro que dicen del Tormazal, que alinda con el cortijo de Almalla, y este cerro declararon los dicho conocedores, que está entre Almalla y el Barcay, que es alto. El cual declaró el dicho Sr. Juez quede por mojón. Y el dicho cerro tiene aguas vertientes al dicho camino de (Al)Malla y al término del Padul. Testigos los suso dichos.
Y prosiguiendo, volviendo por la mano derecha, se fue a dar a otro cerro que llaman Tagual-Alpargate y de allí a los Cerros ásperos, que llaman de Alharaj, que son (están) sobre la Haza de las Retamas, quedando el vertiente de la mano derecha por el Padul y el de la izquierda por el de la Albuñuelas, y entre el cerro del Taqual-alpargate y el de Alharar, junto al barranco de los Carboneros, y a la derecha, que va de Fadin a- Ratan a las Albuñuelas y al cortijo de Almalla, el dicho Sr. Juez mandó poner y se puso otro mojón de piedra y tierra. Y por esta parte declararon los dichos conocedores haber de ir (debe ir) el dicho término. Testigos los dichos.
OTRO MOJÓN
Y luego prosiguiendo, se fue derecho por lo alto de la sierra, que llaman Alharaj, quedando siempre a mano derecha aguas vertientes del Padul, y de otra parte por Jaiena, con quien confina, y también por las Albuñuelas, hasta dar a una vereda que va de Granada a Jaiena, que linda con el cortijo de Fadi(n)bullar(Fatin-bullar), a donde en una encrucijada de dos veredas, el dicho Sr. Juez mandó hacer y se hizo otro mojón de tierra y piedra, y así los dichos conocedores declararon que por esta parte solía ir el término, sin haber en ello alguna duda. Testigos, los dichos.
Y luego se fue por la dicha vereda hacia abajo, como se va a (conforme se va a) Granada, dejando a la mano izquierda el dicho cortijo de Fadinbullar, hasta dar a unas peñas, que se llaman el cerro del Moaylia, donde en lo alto de ellas estaba un mojón de piedras antiguo, bien hecho; dejando la vereda a la mano izquierda, en término del Bullar, con quien por aquella parte confina, el cual mojón se aprovó por el dicho Sr. Juez. Testigos, los dichos.
OTRO
Y de allí prosiguiendo, se fue a otro cerro que llaman Rascanete Alhanit, en el cual estaba otro mojón de piedra antiguo en lo alto, del que se aprobó por el dicho Sr. Juez. y a la mano izquierda queda el término del Quempe, con quien confina. Testigos los dichos.
OTRO
Y luego se fue a dar a la cañada que llaman de Hanut, donde a la cabecera de ella estaba un mojón hecho de piedra, el cual el dicho Sr. Juez mandó renovar y se renovó de (con) más piedras y tierra, y este mojón linda con la haza de Aiyon, que está en el término del Quempe. Testigos dichos.
OTRO
Y desde el dicho mojón se fue a dar a un cerro por la cabezada (parte del terreno que está más elevado) de la dicha cañada, que está en medio de ella y de un llano pedregoso, que se llama Quatalluza y Taujena Alcoloya y de allí derecho a dó (hacia donde) sale el sol, por medio de la loma, a donde en una mata parda se hizo otro mojón de tierra y piedra. Testigos dichos.
OTRO MOJÓN
Y luego sigue una cañadilla abajo, revolviendo sobre la mano izquierda hasta un llanete en una hoya, donde al cabo de (en la punta de) abajo, arrimado a un atochal estaba otro mojón antiguo de piedra, el cual se renovó. Testigos dichos.
NO SE PUSIERON EN ESTAS PARTES MOJONES, POR SER CONOCIDO Y SEÑALADO, COMO VA DECLARADO, ANTIGUAMENTE.
El dicho día, mes y año suso dicho, el dicho Sr. Juez, con los dichos dos conocedores, prosiguiendo la dicha mojonera y división de término fue (a) donde el dicho mojón de piedra, al barranco que dicen del Amil, que está de allí (como) un tiro de ballesta, poco más o menos, y por el dicho barranco abajo se prosiguió hasta dar a la Cueva que dicen del Almez, y de allí revuelve una cañada adelante dó (por) sale el sol, hasta dar a otra cañada, que llaman la Cañada Angosta y de allí se fue prosiguiendo a dar al Barranco Hondo del Peral que, en arábigo (según) declararon los conocedores, se dice Handacalinchar, y siguiendo ese barranco un poco abajo, se atravesó por él, y se subió por la cordillera de un cerro, hasta lo alto de él, que es el cerro más alto que hay en esta parte y se llama el Cerro de Ha1cahalá, que es lindero entre Churcula y Cunigenil, y desde él, descendiendo la cordilelra que de él se sigue, se fue a dar al principio del barranco, que se llama Handaca Alompodero y de allí rodeando por la Hacera de Peñas que son linderos del dicho cortijo de Sunigenil, que van a dar a las cuevas de Evirimunecab, y de allí todavía rodenado, todavía por la dicha Hacera de Peñas a la redonda hasta dar a la Cueva que llaman Gamaaven Alac, quedando todo lo de la mano izquierda abajo por término del Que(m)pe, con quien confina, y todo lo de la mano derecha arriba por término del dicho lugar del Padul, y por estas partes, como va declarado, los dichos Juan López y García de Zafra, conocedores suso dichos, declararon es la parte por donde solía ir el dicho término y diezmería del Padul, sin haber en ello duda ninguna, y ellos así lo han visto desde que se acuerdan y lo oyeron a otros mas viejos y ancianos que de ello tenían noticia. Que así quedó hasta allí, hoy dicho día para la proseguir y acabar, siendo testigos los suso dichos, y no se pusieron mojones, por ser partes tan conocidas y señaladas, por donde va declarado se divide el dicho término. Pedro Guerra de la Vega. Fui presente: Matías Rodríguez, escribano.
PROSIGUE
Y después de lo suso dicho, (a) veite y cuatro días del dicho mes de Agosto del dicho año de mil y quinientos y setenta y un años, el dicho Sr. Licenciado Pedro Guerra de la Vega, juez suso dicho, por ante mí (delante de mi el presente escribano y testigos, salió del dicho lugar del Padul para proseguir la dicha mojonera y división de término y llegó a la Cueva, que llaman Ganabenalac que es (está) a la parte donde acabó en veite y dos del dicho mes, y de allí por bajo de ella, estaba un mojón de piedra antiguo, en el cual dicho Sr. Juez mandó poner y se pusieron más piedras y los dichos Juan López y García de Zafra conocedores, que estaban presentes, declararon que por aquella parte prosigue el dicho término, y desde este mojón se prosiguió como sigue.
UNA PARED DE MOJÓN
Desde el dicho mojón, se fueron un barranco abajo, donde estaba una pared de piedra, que declararon ser un mojón antiguo, quedando por esta parte lo de la mano izquierda por término de la Malá, que se llama el Pago de Chorchuelos, y a la derecha por del Padul.
OTRO MOJO
Y luego yendo dicho barranco abajo por la Cañada, que llaman de Benaalac, etaba otro mojón antiguo pegado con el barranco, el cual se renovó con más piedras, quedando a dicha mano izquierda el pago de Chorchuelos término de la Malá.
MOJÓN
Y luego allí junto se halló otro mojón de tierra y piedra, a do(nde) se junta la Cañada de Garavenaalac con otra cañada que se dice del Río, que así mismo se renovó.
TRES MOJONES
Y prosiguiendo la cordillera abajo se fue a dar al cerro que llaman del Río y a la subida (al subir) un poco de él se halló otro mojón de piedra, y más adelante otro, y en lo alto del dicho cerro estaba otro mojón de piedra, entre la Cañada que dicen Bermeja y Chorchuelos, término de la Malá, que está a la mano izquierda, los cuales se renovaron con más piedras.
OTRO MOJÓN
Y luego volviendo sobre la mano derecha, dejando aguas vertientes por el Padul, se fue a dar al dicho cerro de la Cañada Bermeja, que se llama Calhalhambra, y en lo alto de él se repuso otro mojón de piedra y tierra.
OTRO MOJÓN
Y prosiguiendo derecho cerca del dicho mojón, se halló otro hecho de piedra, el cual se renovó, quedando siempre a la mano derecha, aguas vertientes por el Padul y a la izquierda por término de la Malá.
OTRO MOJÓN
Y luego prosiguiendo se fue a dar a otro cerro de la dicha Cañada Bermeja, en lo alto del cual se puso otro mojón de tierra y piedra, y revolviendo la corderilla (cuerda o cima pequeña) a la mano izquierda, en ella se puso por mojón una piedra grande, sobre otra, que se halló hincada en el suelo.
OTRO MOJÓN
Y luego prosiguiendo se fue derecho a dar a un cerro, el más alto que hay por aquella parte, que se llama el Cero de AlconÍ, en lo alto del cual se hizo otro mojón, y quedó hincada una piedra en el suelo y otra grande encima, rodeada de tierra; quedando lo de la mano izquierda por término de la Malá y lo de la mano derecha del Padul.
OTRO MOJÓN
Y luego se fue revolviendo sobre la mano derecha hasta dar al Camino Real, que va del Padul a Granada, donde encima del cerro que llaman de Manahacatahaca del Pago del Algibe, que divide con término de Atura (Otura) y el Padul, que está frontero del dicho cerro alto de Alconí, antes de atravesar el camino se hizo otro mojón de piedras bueno.
OTRO
Y luego atravesando el dicho camino fuero a dar a un cerro que está frontero del cerro dicho, donde se puso otro mojón de piedras, y de allí va a dar derecho al puntal de la sierra, que llaman del Manar, alindando con término de Dílar, y la sierra en la mano por el (lo) alto de ella hasta dar en la sierra de Handacalvegar, donde se comenzó y vino a acabar la dicha mojonera y división del dicho término del Padul.
Por las cuales partes y según y. de la forma que va declarado y puestos los dichos mojones, los dichos Juan López y García de Zafra, cristianos nuevos, conocedores suso dichos, declararon que solía ir antiguamente el dicho término del Padul, sin saber, ni haber visto, ni oído otra cosa en contrario. Y visto por el dicho Sr. Juez aprobó la dicha mojonera y división de término, y lo tuvo por bueno y bien hecho, y lo firmó de su nombre: Pedro Guerra de la Vega. Pasó (lo transcribió) ante mí: Matías Rodríguez, escribano.