Nigüelas

Interrogatorio

a que han de satisfacer bajo de juramento,

las justicias, demas personas que harán comparecer los Intendentes en cada Pueblo

1ª Como se llama la población:

Nigüelas Partido del Valle de Lecrín.

2ª Si es de Realengo u de Señorío; a quien pertenece, que derechos percibe y cuanto producen:

Es Realengo, Jurisdicción de la ciudad de Granada, por quien anualmente se nombran: Dos Alcaldes, Dos Regidores, Un Alcalde de la Hermandad y un Alguacil. No pagan por dicha razón derechos a esta ciudad.

3ª Que territorios ocupa el Término: cuanto de Levante a Poniente y de Norte a Sur; y cuanto de circunferencia, por horas y leguas: que linderos o confrontaciones y que figuras tiene ponienla al margen.

Una legua de Levante a Poniente. Un cuarto de Norte a Sur, y dos y media de circunferencia. Confronta con los términos de: Murchas, Saleres, Lanjarón, Monduxar, Acequias y Dúrcal.

4ª Que especies de Tierra se hallan en el Término; si de regadío y de secano, distinguiendo si son de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Pastos, Bosques, Matorrales, Montes y demás que pudiera haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificasen una sola, y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.

Hay tierras de Regadío, Secano, Sembradura, Alamedas, Montes y Matorrales. No hay ninguna que produzca más de una cosecha al año.

Regadío: dos partes una cosecha, otra tercera parte de Inferior Calidad un año sí y otro no. Igual con otra porción de Tierras de la Sierra que son de Regadío y Calidad Superior que se labra a dos hojas. Secano: se labran a tres: un año de descanso, otro que lo ocupa el barbecho, y el tercero las semillas.

Viñas: fructifican sin intermisión.

5ª De cuantas calidades de Tierra hay en cada una de las especies que hallan declarado, si de buena, mediana e inferior.

Tanto de regadío como de secano aparecen de Calidad Buena, Mediana y Mala.

6ª Si hay algún plantío de árboles en las Tierras que han declarado, como Frutales, Moreras, Olivos, Higueras, Almendros, Parras, Algarrobos, etc.

Hay olivos, morales, granados, almendros, parras, nogales, albaricoques, perales, manzanos, guindos, cerezos, nísperos, cervos, membrillos, castaños, naranjos, azofaifos, encinas y álamos.

7ª En cuales las Tierras están plantados los árboles que declararen.

Parte de ellos en las tierras de Regadío y otros en las de Secano.

8ª En que conformidad están hechos los Plantíos: extendidos en toda la Tierra o a los márgenes; en una, dos o tres hileras, o en la forma que estuvieran.

No guardan ningún orden, están por la extensión y márgenes de sus tierras.

9ª De que medidas de Tierra se usa en aquel Pueblo; de cuantos pasos o varas castellanas cuadro se componen; que cantidad de cada especie de granos, de los que se recogen en el Término, se siembra en cada una.

En Regadío de Vega el Marjal, y en el Secano y Sierra la Fanega, compuesta de doce Celemines. No se pueden decir cuantos pies o varas tienen de equivalencia.

- Cada Marjal de Buena Calidad recibe: de trigo celemín y medio; de cebada dos y medio; de maíz un cuartillo; de habas dos celemines, y Linaza igual.

- Cada Marjal de Mediana Calidad recibe: de trigo un celemín, de cebada uno y medio, de maíz un cuartillo.

- Cada Marjal de Inferior Calidad recibe: lo mismo que los de Mediana.

- Cada Fanega de Secano de Calidad Superior recibe: de trigo y cebada media fanega.

- La de Mediana de cebada cuatro reales y medio de este grano. Cada fanega de la Inferior cuatro celemines.

- En la Sierra las de Regadío y las de Secano reciben la misma cantidad de grano. Si es de centeno, la de Regadío media fanega y la de Secano 4 reales de grano.

10ª Que número de medidas de Tierra habrá en el Término, distinguiendo las de cada especie y calidad: por ejemplo: tantas Fanegas, o del nombre que tuviese la medida de la Tierra de Sembradura, de Mejor calidad, tantas de Mediana Bondad y tantas de Inferior, y lo propio en las demás especies que hubieran declarado.

Riego:

Buena Calidad 400 marjales

Mediana Calidad 570 majales

Inferior 630 marjales

Total: 1.600 marjales.

Secano Sierra:

Buena Calidad (sierra, riego) 45 fanegas

Secano (sierra) 135 fanegas

Improductivas (cerros bajos y riscos) 1000 fanegas

Llanos y Viñazos 180 fanegas

Viñas:

60 a 70 Marjales de Regadío (Buena Calidad)

30 a 40 Marjales de Regadío (Mediana Calidad)

- Los 400 marjales de riego de buena calidad se siembran: 150 de trigo, 100 de cebada, 50 de maíz, 50 de habas, 50 de lino.

- Los 570 de mediana: 250 de trigo, 250 de cebada, 170 de maíz - Los 630 de inferior calidad: 200 de trigo y 150 de cebada.

En las de buena calidad de la Sierra, 15 fanegas de centeno, y en las de Secano 45 fanegas de este mismo cereal.

En los Llanos de Buena Calidad 10 fanegas de trigo y 6 de cebada.

En las de Segunda, 12 y 5, respectivamente, y en la de Inferior 15 de trigo y 10 de cebada

11ª Que especies de frutas se cogen en el Término.

Trigo, Lino, Maíz, Habas, Cebada, Centeno, Aceite, Seda y demás frutos de los árboles.

12ª Que cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria altura, y una medida de tierra, cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprehender el producto de los árboles que hubiere.

Marjal Regadío Buena Calidad: Trigo fanega y media, cebada dos fanegas y media, maíz dos fanegas, habas tres fanegas, lino una arroba.

Marjal Regadío Mediana: Trigo 5 cuartillas, cebada 2 fanegas, maíz fanega y media Marjal Regadío Inferior: Trigo 3 cuartillas, cebada 5 cuartillas.

Fanega Regadío de la Sierra: Centeno 6 fanegas

Fanega Secano de la Sierra (Mediana calidad) produce tres fanegas de centeno.

Fanega de Secano de Buena Calidad: de trigo cuatro fanegas

Fanega de Secano de Buena, Mediana e Inferior: de cebada tres fanegas Marjal de Viñas de Buena calidad: 13 arrobas de uva, si de Mediana 8 arrobas

Fanega de Viña Secano y Buena Calidad 24 arrobas de uva, y la de inferior 18.

13ª Que producto se regula darán por medida de Tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el Plantío, cada uno de su especie.

No existe en las plantaciones. Se calcula que puestos con alguno, se establecieran orden, calculan que habría: 6 pies de olivo por marjal, y 54 por fanega; de morales, higueras, parras, albaricoques, perales, cerezos, nísperos, servos, azofaifos, encinas, nogales y castaños 3 pies por marjal o 27 por fanega de secano; en el resto de frutales 10 pies por marjal de regadío.

Producción por Marjal: plantío de olivos, 3 arrobas de aceite; morales, 36 arrobas; higueras, 24; perales, 12; Cerezos, 12; nísperos, 18; naranjas, un millar, membrillos, 10 arrobas; servos, 20; azofaifas y guindas, 10; albaricoques 18; encinas, 50 fanegas de bellotas.

Por fanega de Secano: castaño, 40 fanegas; nogales 40 fanegas de nueces.

Producción por árbol: olivo campal, media arroba de aceite; plantón, 114; estaca, 112 cuarto; moral 5 arrobas de hoja, granado 50 granadas, almendro 1 celemín; parras, 2 arrobas de uvas; Nogal, 2 fanegas; albaricoques, 3 arrobas; ciruelo, melocotonero, manzano, guindo, membrillo y azofaifo, 1 arroba; peral y cerezo, 2; níspero y servo, 3; naranjo, un ciento; castaño, fanega y media.

14ª Que valor tiene ordinariamente, un año con otro, los frutos que producen las Tierras del Término, cada calidad de ellos.

Fanega de trigo, 22 reales; la de cebada, 11; el maíz, habas, centeno, 15; la arroba de vino a 34 reales; la de aceite, a 13 la arroba de hoja, la de higos; y la de uva a 1 real, el ciento de granadas a 4 reales, el ciento de naranjas a real y medio; la fanega de almendras a 22, la de castañas a 1o, la de bellotas a 7, la de nueces a 24, la arroba de albaricoques, ciruelas, melocotones, manzanas, guindas, servas, cerezas y peras a real y medio; azofaifas a 13, la de alcarolas, 4.

15ª Que derechos se hallan impuestos sobre las Tierras del Término, como Diezmo, Primicia, Tercio-Diezmo u otros; a quien pertenece.

Diezmo: un labrador lo paga entero a la Iglesia Catedral de Granada

Tercio-Diezmo (de cada treinta, una): el resto de labradores lo paga a la citada de Granada. Tercias: a Su Majestad y al Sr. Marqués de los Trujillos, dos tercias refundidas en el común. Primicias: por cada tres fanegas, una cuartilla; pasando de seis, solo media fanega como única aportación, en todas las semillas a excepción del lino.

Voto de Santiago: media fanega de la mejor semilla por cada yunta de labor; también si no la tienen han de pagarlo.

Censo de Población: lo pagan todas las casas y la mayor parte de las tierras.

16ª A que cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o que precio suelen arrendarse un año con otro.

Excusado de arriendo de la Santa Iglesia: 450 reales.

El Tercio-Diezmo, 2,500 reales. Parte de Tercias de Su Majestad 725 reales y 17 maravedíes. La del Marqués de los Trujillos 733 reales y 6 maravedíes; estos lo cobran de réditos de cierto censo al 5°/1. Primicias: 85 fanegas que son: 12 de trigo, 12 de cebada, 20 de centeno, 26 de maíz, 7 de habas, 2 de habichuelas y 6 de mijo.

Voto de Santiago: 30 fanegas que son: 6 de trigo, 6 de cebada, 10 de centeno y 8 de maíz.

17ª Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros, de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de que metales y de que uso, explicando sus dueños y lo que se regula producen cada uno de utilidad al año.

Tres molinos harineros:

- Uno de D. Francisco de Zaragoza, presbítero beneficiado del Padul. Lo tiene arrendado en 36 fanegas de trigo.

- Otro llamado EL DEL LUGAR, de Sebastián de Morales, que lo manipula él mismo. Cuando lo ha arrendado ha sido en 150 reales, pagando el inquilino censos y demás gravámenes.

- Otro de D. Francisco Guerrero, de Málaga. Lo tiene arrendado en 13 fanegas de trigo y 12 de maíz.

Un molino de aceite y dos almazaras o prensillas.

- El molino pertenece a D. Juan de Zaragoza y estuvo arrendado en 150 reales.

- Una Almazara pertenece a la capilla de D. Antonio Herrera, cura de Talará. Está arrendada con su tierra y arbolado a D. Andrés de Zaragoza, y produce 10 arrobas de aceite.

- La otra almazara es propia de D. Juan de la Cueva Pacheco, que la lleva él mismo y puede producir 15 arrobas de aceite.

18ª Si hay algún esquilo en el Término, a quien pertenece, que número de ganado viene al esquilo y que utilidad se le regula a su dueño cada año.

- D. Joseph Alarcón, beneficiado de este lugar, 80 ovejas de lanar en total: 25 de cría, a 10 reales cada una, 250 reales; de lana 10 arrobas, a 18 reales una, 180 reales. No se regula utilidad de cabaña por ser ganado nuevo.

- Gaspar Casares: 60 cabezas: 20 de cría, 200 reales; 7 arrobas de lana, 133 reales. No se le regula cabaña.

- D. Francisco Guerrero, vecino de Málaga: 300 cabezas de ganado, de ellas 170 de vientre, y de estas 85 de cría, por valor de 850 reales; de lana 38,5 arrobas que son 693 reales. Queso, 6 arrobas por valor de 150 reales.

- Joseph López Merino: 150 cabezas de ganado cabrío, de ellas 60 de vientre que darán 55 crías por valor de 550 reales. De cabaña y leche, 200 reales.

- Pedro Maldonado: 150 borregos; solo se le considera 6 arrobas de lana, valor 108 reales. - Joseph Merino: 30 cabezas de cabrío; 10 crías por valor de 100 reales y de leche 20.

- Francisco de Ortega: 90 cabezas de cabrío, de ellas 55 de vientre, se regulan otras tantas y en valor 500 reales; de cabaña y leche 150 reales.

- Melchor Rodríguez Solier: 80 cabezas de lanar, de ellas 50 de vientre y 30 de cría, su valor 300 reales; de lana 8 arrobas, valor 104 reales.

- Joseph Solier Padial: 300 cabezas de lanar; 170 de vientre, crías 85 y su valor 850 reales. De lana 38 arrobas y media, y su valor 694 reales; 20 carneros de cabrío, 7 de cría y valor 70 reales. De leche 20 reales.

- Francisco de Soto: 30 cabezas de cabrío, de ellas 10 de cría, su valor 100 reales. De leche y cabaña 23 reales.

- Don Andrés de Zaragoza: 350 cabezas de lanar, de ellas 165 de vientre, que darán 80 de cría que importa 800 reales. Lana 50 arrobas que serán 900 reales. De queso 8 arrobas que al precio de 25 reales arroba son 200 reales.

19ª Si hay colmenas en el Término, cuantas y a quién pertenecen.

Hay 4 colmenas propias de sus vecinos.

20ª De que especie de Ganado hay en el pueblo y Término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo; si algún vecino tiene cabaña o yeguada que paste fuera del Término, donde y de que número de cabezas, explicando el nombre del dueño.

Hay ganado vacuno, yeguar, caballar, mular, asnal, lanar, cabrío y de cerda. No hay cabaña ni yeguada dentro ni fuera de él.

21ª De que número de vecinos se compone la población; de cuantos en las casas de campo o alquerías.

En este lugar habrá hasta 200 vecinos, 3 de ellos en los 2 molinos harineros y una venta.

22ª Cuantas Casas habrá en el pueblo, que número de habitantes, cuantas arruinadas, y si es de señorío explicar si tienen cada una alguna carga.

Habrá en el dicho lugar 170 casas. Vacías 18. Arrendadas 4. Las 164 pagan Real censo de Población, las 6 restantes de Hábices.

23ª Que propios tiene el Común, y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

- El Monte de Encinas que se halla en las tierras de labor y barrancos de la Sierra. Se aprovechan de pasto para el ganado de cerdo; se subasta públicamente.

- La cantidad de 145 reales, que cobra el Consejo a los molinos harineros y de la Almazara.

_ Las rentas y Censos que llaman del Consejo están vendidas a Censos, y percibe 88 reales.

- El remate de los pertrechos y casa de la carnicería en 3000 reales. Está destinada de el Superintendente para pagar parte del Derecho de Sisa.

24ª Si el Común disfruta de algún arbitrio, sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia, que acompañe estas diligencias; a que fin se concedió, sobre que especies, para conocer si es temporal o perpetuo, y si su producto cubre o excede de su aplicación.

No gozan de nada de lo contenido en él.

25ª Que gastos ha de satisfacer el Común, como Salario de Justicia y regidores, Fiesta de Corpus, u otras: empedrado, fuentes, sirvientes, etc. De que se deberá pedir relación auténtica.

Al Escribano del Cabildo 146 reales. Al Escribano de Millones del Partido y de dicho Común, por formar Elecciones y Cuentas del Pósito 50 reales. Al Fiel de Fechos 100 reales. Al Predicador Cuaresmal 300 reales, y al de la Bula de la Santa cruzada y receptor de ella 50 reales. Reparar acequias, algibes y caminos 200 reales. Una fiesta votiva a la Santísima Trinidad 88 reales. Cera Jueves Santo para alumbrar al Santísimo Sacramento 50 reales. Dos Guardas, 55 reales.

26ª Que cargos de Justicia tiene el Común, como Censos, que responda, u otros, que importe, por que motivo y a quién, de lo que se deberá pedir puntual noticia.

Además del Real Censo de Población y Hábices, pagan 26 reales de Penas de Cañada y Gastos de Justicia. Diferentes vecinos pagan otros Censos, Memorias y Gravámenes. Ignoran a quienes pertenecen y que cantidad compongan.

27ª Si está cargado de Servicio Ordinario, Extraordinario, u otros, de lo que igualmente se debe pedir individual razón.

Está cargado de Servicio Ordinario. Ningún fruto, trato y granjería ha salido cargado en los ajustes.

28ª Si hay algún Empleo, Alcabalas u otras Rentas Enajenadas; a quién; si fue por Servicio Pecuniario u otro motivo; de cuanto fue lo que se produce cada una al año, de lo que se deberá pedir Títulos y quedarse con copia.

Solo está enajenada la parte de Tercias que obtiene el Marqués de los Trujillos. Se remite a los detalles expuestos en la 16.

29ª Cuantas Tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderías, Carnicerías, Puentes, Barcas sobre los ríos, Mercados, Ferias, etc., hay en la población y Término; a quienes pertenecen y a que utilidad puede dar al año cada uno.

Una casa-venta propia de los herederos de D. Pedro Rodríguez de la Cueva, vecino de Granada, a quienes puede producir 300 reales al año. La tienda, taberna y carnicería consta en la 23-

30ª Si hay Hospitales, de que calidad, que renta tienen, y de que se mantienen.

No hay cosa alguna de lo que en ella se contiene.

31ª Si hay algún Cambista, Mercader de por Mayor, o quien beneficie su caudal por mano de corredor u otra persona, con lucro o interés; y que utilidad se considera le puede reportar a cada uno al año.

Un arrendador de la tercera parte del Décimo, se regulan 550 reales. Un arrendador de la tienda-taberna, se regulan 550 reales.

32ª Si en el pueblo hay algún Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata y Seda, Lienzos, Especería u otras mercaderías, Médicos, Cirujanos, Boticarios, Escribano, Arrieros, etc. Y que ganancia se regula puede tener cada uno al año.

Un Escribano Fiel de Fechos a quien se le dan de salario 100 reales al año. Un Alguacil Mayor, 200 ducados; a su Teniente 50. Un estanquero y Maestro de Primeras Letras, al que se le regulan 1.450 reales al año. Cuatro Arrieros que le regulan 50 pesos por parte que da con su ganado por cada cabeza, debiendo rebajar de dicha cantidad la comida y gastos de las bestias. Un Sacristán Secular, a quien se le regulan fuera de la Suerte de la Sacristía 90 ducados; a su Teniente Organista 200 reales.

33ª Que ocupaciones de Artes Mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como Albañiles, Carteros, Albeytares, Herreros, Sogueros, Zapateros, Sastres, Perayres, Texedores, Sombrereros, Manguiteros y Guanteros, etc., explicando en cada Oficio de los que hubiere el número de halla de Maestros, Oficiales y Aprendices, y que utilidad le puede regular, trabajando meramente en su oficio, al día a cada uno.

Un Maestro de Herrador, 1.100 reales al año. Otro de Herrero, 1.100 al año. Dos Sastres: Joseph Padial 880 reales y Andrés Berrio 550 reales. Diez Tejedores de Lienzo de 10 y 20: los de primera 880 reales y los de segunda 550 reales. Un Oficial de Sastre 200 reales. Dos Oficiales de Barbero, 80 ducados cada uno. Tres Maestros de Molino de Aceite: Salvador de Hervas 100 ducados al año, Sebastián de Morales 2 reales diarios, Agustín de Morales 50 ducados al año. Un Ventero 50 ducados.

34ª Si hay entre los Artistas alguno que, teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quienes y la utilidad que considere le puede quedar al año a cada uno de los que hubiese.

No hay cosa alguna de lo que en ella se contiene.

35ª Que número de Jornaleros habrá en el pueblo, y a como se paga el jornal diario a cada uno.

Cien jornaleros que en los días que trabajan su jornal diario es: en verano 4 reales, en primavera y otoño 3 y en invierno 2 reales.

Cuarenta labradores a 4 reales y medio.

36ª Cuantos Pobres de solemnidad habrá en el pueblo.

Habrá 18 pobres de solemnidad

37ª Si hay algunos individuos que tengan Embarcaciones, que navegen en la Mar o Ríos, su porte o para pescar; cuantas, a quienes pertenecen y a que utilidad se considera de cada uno a su dueño.

No hay cosa alguna de lo que en ella se contiene.

38ª Cuantos Clérigos hay en el Pueblo

Tres vecinos eclesiásticos

39ª Si hay algunos Conventos, de que religiones y sexo, y de qué número cada uno.

No hay cosa alguna de lo que en ella se contiene.

40ª Si el Rey tiene en el Término o Pueblo alguna Finca o Renta, que corresponde a los Generales, y a las Provinciales, que deben exigirse; cuales son, como se administran y cuanto producen.

No hay en este lugar finca o renta que no corresponda a los Generales o Provinciales, y que por ello pagan: a la real Hacienda por el Censo de Población, 4.466 reales y medio. Por el Derecho de Millón, 3.634 reales. De Cuarto Fiel Mediador, 100 reales. Por razón de Cientos, 70 reales. Por la Alcabala, 2.000 reales. De Utensilios, 976 reales. De Pajas 705 reales y 19 maravedíes. Del Resago de seda, 1.408 reales. Del Consumo de Sal, 2.376 reales. De los Derechos del Aguardiente, 420 reales y 28 maravedíes. De la Quema del Vino, 224 reales. Del Cuarto de Libra de Jabón, 350 reales.

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NOTA: Al cuestionario respondieron durante los días 5 y 6 de Noviembre de 1.752. Es probable que por su complejidad y corto espacio de tiempo, dejaran sin consignar alguna cosilla. Pero Hacienda es Hacienda, y el control es riguroso. El 6 de Enero de 1.753 vuelve todo el mundo a comparecer para jurar de nuevo, 'por Dios y una Cruz", en presencia de las autoridades civiles y eclesiásticas, para "Declarar ser cierta":

Había en el Rio Torrente una corta posición de Tierras puestas de Alamedas; por no ser de mayor calidad se le regulan 5 reales al año por marjal.

ARRENDAMIENTOS:

- D. Andrés Garcia de Zaragoza, tenía casa, huertos, bodega y almazara de aceite de la capilla de D. Antonio de Herrera, que dará, exceptuados los árboles de olivos, 500 reales anuales.

- Jacinto de Santos, 26 reales.

- Andrés Ruiz Sargento, por 11 marjales, 22 reales _ Esteban Merino, 20 reales.

- Francisco Solier Romero, 19 reales. - Francisco de Cordobilla, 27 reales. - Ana López, 16 reales.

- Juan de Morales, 30 reales.

- Joseph Fernández Torres, 60 reales - Juan de Martos, 39 reales.

- Joseph López Huerta, 20 reales. - Joseph Solier Padial, 30 reales - Isabel Pérez, 45 reales.

- Antonio de Ortega, Gaspar de Ortega y Mateo Rodríguez, por 30 marjales, 20 reales cada uno por año.

- A los colonos de D. Juan de Espadas, que eran Marcos, Juan y Luis López, 60, 36 y 24 reales respectivamente.

FUENTE: ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL (CA-595)

Lo hemos sacado del libro de fiestas: Nigüelas Función 97