En el lugar de Chite jurisdicion de la ciudad de Granada veinte y nueve dias del mes de febrero de el dicho año de mil y quinientos y setenta y dos años en presencia de mi el dicho escribano Señor Licenciado Jusepe Machuca Juez susodicho prosiguiendo en la dicha su comision se fue al dicho lugar del Chite a entender en las averiguaciones y diligencias sobre las haciendas de Cristianos viejos, e Iglesias y de moriscos, en la mojonera y division. Y en la vecidad en la declaracion de los terminos y guias y posiciones y las otras diligencias que iran declaradas y desde el dicho dia de suso declarado y el dicho escribano da fe de que comenzo a hacer el dicho señor Juez las dichas diligencias y averiguaciones siendo testigo Francisco de Medina y Alonso de Armentero regidores del dicho lugar, a las justificaciones de los terminos y de lo de mas que conviene para la dicha averiguacion
El dicho Señor Juez hizo comparecer ante si a Francisco Jijon y Alonso Aguilar y Diego Martinez Jijon vecinos del dicho lugar personas que saben y tienen noticia del dicho lugar y sus terminos y haciendas porque el dicho Jijon es natural de el y nacio y crio en el y de ellos recibio juramento y socargo del cual prometieron decir y declarar la verdad acerca de los dichos terminos y de lo demas que de suso va declarado y de suso se dira y asi se hizo la dicha averiguacion y declararon en esta manera: En el dicho lugar del Chite y Talara Valle de Lecrin y es juridicion de Granada al presente tiene treinte vecinos Cristianos viejos que es la nueva poblacion que vive en el, por arrendamiento que de el y de sus heredamientos tienen hechos, en tiempo de moriscos tenian setenta vecinos poco mas o menos, las casas del dicho lugar estan al presente maltratadas las cuales al presente pueden vivir y habitar treinta y las demas se podran vivir con mediano reparo.
La Iglesia del dicho lugar esta buena y sana, y es muy buen edificio. En el dicho lugar y su termino hay muchos olivares y muy buenos y de lo bueno del Valle de que se cogen cada año, un año con otro cuatrocientas arrobas de aceite porque el año lleno se coge mucho y si es vacio poco. En el dicho termino hay arboles frutales de todo genero aunque la mayor parte de ellos estan secos y maltratados pero de muchos se podria arrendar el diezmo de la fruta en tres ducados poco mas o menos. Hay pocos naranjos y limones que el diezmo de ello valdria cuatro reales poco mas o menos porque hay muy pocos como es dicho. En el dicho termino hay trescientas peonadas de viñas algunas de ellas buenas y las demas estan perdidas y secas en todas las cuales yendose beneficiando y reparando se podran coger trescientas arrobas de vino poco mas o menos cada año, un año con otro. Habra en el dicho lugar e su termino cuatrocientos marjales de tierra de riego poco mas o menos que pertenecen a su Magestad, de Abices y de Iglesias y de Cristianos viejos y que es tierra de todo genero buena y mala. Habra treinta hanegadas de tierras de secano y de sembraduria en la sierra del Real que es al pie de la sierra Nevada, es tierra razonable y en otras partes. Habra en el dicho lugar veinte onzas de cria de seda poco mas o menos.
Hay en dicho lugar tres molinos de aceite que los dichos reparandose se pueden aprovechar de dos y el otro esta por el suelo, todos los dichos molinos son de su Magestad porque eran de moriscos. Declararon los susodichos que no saben lo que valdran porque en tiempos de moriscos se daban a medias y no se arrendaban por ser muchos y haber poco que moler. Hay en dicho termino dos molinos de pan en el rio de Moxacar cada uno de dos piedras son razonables aunque de poca renta porque solo el dicho lugar va a moler a ellos los cuales estan perdidos y desbaratados y tambien eran de moriscos no habia molinero sino que cada vecino iba a moler lo que queria y el maquilaba y lo dejaba en el dicho molino estando reparados podra rentar cada uno de ellos diez ducados poco mas o menos. Hay dos hornos de cocer pan en el dicho lugar que son de Gonzalo de Torres y no tiene a censo propietario de la Iglesia. Tendra este lugar en cuanto a su termino por la parte de la sierra una legua y por la parte de lo llano tendra un cuarto de legua, y los lugares con quien confina son Talara, Murchas, Melexis y Besnar y Pinos, y por la parte de la sierra aunque tiene una legua de largo por aquella parte es angostoso el termino poco mas de un tiro de una ballesta. El dicho lugar bebe del agua de la acequia que viene al dicho lugar, que viene del rio de Nigüelas como sigue = tiene otra fuente junto al pueblo de un barranco, con el agua de la dicha acequia se riegan .todas las heredades del dicho termino y es propia del dicho lugar y la toman en el barranco de entre Monduxar, y la Acequia, y alli esta la presa que tiene dicho lugar y toda al presente esta bien reparada, de invierno vendran dos azadas de agua y de verano una, y algunos años viene muy poca agua que casi no se puede regar ninguna cosa en el dicho lugar, y con la dicha acequia se riega asi mismo las heredades del lugar de Talara, y parte del termino de Monduxar, gastaranse en el reparo de la dicha acequia cada un año forzosamente cuarenta ducados poco mas o menos y la manera de riego es de esta: Que cada vecino del dicho lugar tiene repartida su agua por horas a cada vecino como le cabe que es de ocho a ocho dias cada tres horas de agua, y se riega lo que alcanza por que no se puede regar todas las heredades y por esta razon no se siembra mucho panizo y si alguno quiere sembrar algun panizo ha de qutar el riego a los arboles y otras heredades que tienen.